Ayudas Conciliación Familiar, 2.500 euros por trabajador


Actualizado: 11 enero, 2023 | Tempus Quality |
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La Administración Pública, consciente del esfuerzo que deben realizar las Pymes y Autónomos con trabajadores a su cargo para aplicar la Ley, pusieron en marcha una iniciativa con ayudas Conciliación Familiar, 2.500 euros por trabajador dirigida a incentivar aquellas empresas que establezcan acuerdos de flexibilización de la jornada laboral con sus empleados dentro del marco de la Conciliación familiar.

Ayudas para conciliar la vida laboral y la familiar

Índice

Conciliación de la vida familiar y laboral

La empresa deberá formalizar acuerdo de “Flexibilización de la jornada laboral” con los trabajadores contratados de manera indefinida o con un contrato superior a 1 año (ayudas conciliación familiar 2022 Madrid).

Los acuerdos de jornada flexible pueden ser individuales o colectivos y, deberán realizarse respetando las disposiciones legales y los convenios colectivos vigentes y se suscribirán por un período mínimo de 1 año.

Importe de la subvención por conciliación familiar

La cuantía de las ayudas para conciliar la vida laboral y familiar puede alcanzar el límite máximo de 10.000 euros por empresa, la cuantía individual de las ayudas conciliación familiar 2022, se fija en 2.500 euros por cada trabajador que suscriba el acuerdo con un máximo de 4 trabajadores por empresa.

Esta ayuda a la conciliación familiar está financiada por el Servicio Público de Empleo Estatal y el Fondo Social Europeo y las gestionan aquellas Comunidades Autónomas que tengan asumidas las competencias en materia de empleo.

En concreto, la Comunidad de Madrid tiene asignado un crédito inicial de 1.000.000 de euros para el ejercicio 2021, para atender la solicitudes de ayudas al teletrabajo y flexibilidad horaria. En 2020 el presupuesto total asignado a la ayuda de conciliación familiar fue finalmente de 5.100.000, cantidad inicial de 1.000.000 y posteriores ampliaciones.

Ayudas directas y a fondo perdido

Existen varios tipos de ayudas para la conciliación familiar, cada una con sus propias características y requisitos para acceder a ellas. Las ayudas directas son aquellas que se otorgan directamente al beneficiario y no requieren la realización previa de ninguna inversión. Estas ayudas suelen estar destinadas a cubrir gastos relacionados con la conciliación, como por ejemplo el coste de la guardería, el transporte escolar o la adaptación de la vivienda.

Una vez concedidas, estas ayudas se abonan en un pago único en la cuenta del beneficiario. Las ayudas a fondo perdido, por otro lado, se conceden para financiar un proyecto o inversión específica relacionada con la conciliación familiar. Una vez finalizado el proyecto, el beneficiario no tiene la obligación de devolver el dinero recibido como ayuda, es decir «a fondo perdido» no existe ninguna obligación de devolución.

Por ejemplo, el gobierno podría ofrecer ayudas a fondo perdido para empresas que adapten sus instalaciones para facilitar la conciliación laboral y familiar de sus empleados. Es importante destacar que ambas ayudas suelen tener requisitos específicos para acceder a ellas, como por ejemplo ser residente en una determinada zona geográfica o cumplir ciertos requisitos económicos y laborales.

Además, la disponibilidad y montos de las ayudas puede variar dependiendo de las políticas y recursos disponibles en cada país o región.

Conciliación familiar para empresas de Madrid

En la Comunidad de Madrid la ayuda por conciliación familiar se pueden solicitar subvenciones destinadas al apoyo de empresas que implementen medidas de flexibilidad horaria con sus empleados.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de solicitudes se encuentra abierto durante todo el año para pymes y autónomos que realicen su actividad dentro del ámbito de la Comunidad de Madrid.


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11 comentarios en “Ayudas Conciliación Familiar, 2.500 euros por trabajador

  1. Buenos días,
    Entiendo que hay una subvención suculenta para las empresas, pymes y autónomos, por lo cual más de uno exige la firma de un acuerdo a sus empleados. Y no precisamente por importarle la conciliación social y laboral del trabajador, sino por los 2500€ por cada trabajador (máximo de 10.000 euros por empresa) ¿Pero hay letra pequeña? ¿Afecta el contrato laboral y los derechos del trabajador? ¿Cambia algo en el caso de un posible despido improcedente?
    Por favor me informe si esto perjudica en algo al trabajador. A partir de la firma del acuerdo de conciliación o acuerdo de flexibilidad horaria, tendrá que recuperar las horas por ir al médico, o por ir a renovar el DNI o por salir corriendo a la guardería porqué ha surgido un imprevisto? Gracias y un saludo

    1. Buenos días Alexa,
      Muchas gracias por realizar tu consulta.
      Solo queremos indicarte que nosotros atendemos las consultas que realizan empresas, pymes y autónomos que quieren solicitar algún tipo de subvención, no tenemos un servicio de atención a trabajadores.
      No obstante, un acuerdo de conciliación tanto por teletrabajo como por jornada flexible, es como su nombre indica, un acuerdo entre trabajadores y empresa que en ningún caso puede vulnerar los derechos fundamentales del trabajador, si en ese acuerdo se incluyeran clausulas que lo hicieran, la Administración no concedería la subvención por estar fuera de Ley.
      Te aconsejamos que realices tu consulta a un despacho laboralista que podrá darte una información mucho más precisa.
      Recibe un cordial saludo,

    1. Buenos días Miriam,
      En primer lugar, queremos agradecerte la confianza por realizar la consulta.
      Las ayudas para la conciliación social y laboral son iniciativa del sepe que pone a disposición de las diferentes comunidades autónomas un presupuesto destinado a la gestión de estas ayudas. No tenemos conocimiento de que esta ayuda se encuentre en convocatoria abierta todo el año, como es el caso de la Comunidad de Madrid, en ninguna otra comunidad autónoma, no obstante, algunas de ellas, publican la convocatoria en el Boletín correspondiente con un período de solicitud, por este motivo, te recomendamos consultes el Boletín oficial de tu comunidad autónoma por si este fuera el caso.
      Recibe un cordial saludo,

    1. Buenos días Susana,
      En primer lugar, queremos agradecer la confianza por realizar tu consulta.
      Entendemos que tu pregunta hace referencia a subvenciones y ayudas para particulares, aunque realmente, una pregunta tan genérica es de difícil respuesta.
      Nosotros gestionamos ayudas y subvenciones para empresas y no profundizamos en las ayudas disponibles para particulares, sean trabajadores o no.
      Te recomendamos te pongas en contacto con algún despacho especializado en ayudas y subvenciones para particulares, si es tu caso, o te pongas en contacto directamente con la Administración Pública.
      Sentimos no poder darte una información más detallada.
      Recibe un cordial saludo,

  2. Mi marido y yo somos autónomos el es colaborador mío, a nosotros no nos pertenece esta ayuda de 2500€? Al ser autónomos no podemos solicitar nada?

    1. Estimada Vanessa,

      En primer lugar, te agradecemos la confianza al realizar la consulta.

      En particular, estas ayudas están destinadas a Pymes y autónomos con trabajadores a su cargo. Estos trabajadores deben tener suscrito un contrato con la empresa de al menos 1 año y estar dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social.
      En tu caso, al ser ambos autónomos no podríais pedir la ayuda para vosotros, pero si tenéis algún trabajador a vuestro cargo si. La ayuda se puede pedir por suscribir acuerdo de teletrabajo o flexibilidad horaria con el trabajador.
      Este tipo de subvenciones pretenden incentivar la conciliación social y laboral del trabajador, por este motivo, la vinculación del trabajador con la empresa debe ser a través de contrato de trabajo y alta en la Seguridad Social.

      Específicamente, estas ayudas no están destinadas a incentivar el trabajo autónomo, en estos momentos hay una convocatoria abierta en la Comunidad de Madrid hasta el 15 de noviembre de ayudas a Pymes y Autónomos afectados por el Covid-19. Estas ayudas van dirigidas a los colectivos que hayan tenido al menos un 30% de minoración en la facturación en el año 2020 con respecto al 2019 y en base a esa reducción las ayudas pueden oscilar entre los 3.000 € y los 200.000 €.

      Si estás interesada en ampliar información al respecto, por favor, escríbenos un correo con tus datos personales, el lugar donde realizas la actividad y un número de teléfono, indicando el horario en el quieres que contactemos contigo y te llamaremos para darte una información más personalizada.
      Por favor escríbenos a:
      info@tempusquality.es

      Muchas gracias.

      Saludos,

  3. Tenemos una duda.
    A mi hija, la han denegado la ayuda del gobierno vy, por reducción de jornada para el cuidado de su bebé.
    El motivo, por ser inferior al 33% la reducción.
    Ahora, está gestionando el poder acogerse al 33% de reducción de jornada.
    Tiene dudas sobre la cuantía que percibiría al mes, o año, y dicha cuantía si es en bruto o neto.
    Gracias por poder aclarar éstas dudas.
    A la espera de respuesta, reciban un cordial saludo.
    Josu Rekalde

    1. Estimado Josu,
      En primer lugar, le agradecemos la consulta realizada.
      En TQ somos expertos en la gestión de subvenciones y ayudas para empresas, pymes y autónomos, dentro de la Línea de Ayudas a la Conciliación Social y Familiar gestionamos las subvenciones para empresas que implementen el Teletrabajo o la Jornada Flexible.

      No obstante, hemos estudiado su consulta, creemos hace referencia a las Ayudas a la conciliación de la vida familiar y laboral para el cuidado de hijos y/o hijas menores. Reducción de jornada de trabajo y/o excedencia laboral que concede el Gobierno Vasco.
      En base al Acuerdo del departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales que regula estas ayudas, la cuantía que se concede a los beneficiarios/as es la siguiente:
      Para una reducción entre el 33% y el 39,9% de la jornada y rentas de la unidad familiar de menos de 20.000 € la cuantía anual será de 2.860,00 € y para rentas de la unidad familiar de más de 20.000 € la ayuda será de 2.364,70 €. Estas cantidades podrán sufrir un incremento del 30% si se aplican a las siguientes tipologías familiares:
      familias monoparentales,
      familias numerosas,
      unidades familiares con alguna persona en situación de dependencia severa, gran dependencia o discapacidad igual o superior al 50%
      y en unidades familiares con alguna persona víctima de violencia de género.
      La cuantía se recibirá en un pago único.
      Esperamos que esta información le sea de utilidad.
      Reciba un cordial saludo,

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