Antes de la situación de crisis sanitaria provocada por el Covid-19, ya algunas empresas españolas contemplaban la posibilidad de establecer ayudas para conciliar la vida familiar y laboral, como medida de revalorización del capital humano de la empresa.
Esta tendencia venía impulsada en parte por la creciente incorporación de la mujer al mundo laboral, que hacía patente la necesidad de medidas que permitieran compaginar las responsabilidades familiares con el desarrollo profesional.


Índice
Ayudas para implementar el teletrabajo
En la Comunidad de Madrid, actualmente existen ayudas activas destinadas al fomento de la responsabilidad social y la conciliación laboral. Estas subvenciones para empresas y trabajadores autónomos, excluyen a las medianas y grandes empresas.
El objetivo principal de esta línea de ayudas es promover la efectiva conciliación en el ámbito laboral de las personas trabajadoras, en equilibrio con las necesidades organizativas de la empresa, mediante incentivos económicos para la formalización de acuerdos de teletrabajo y de flexibilidad horaria.
A diferencia de programas anteriores, esta convocatoria es de plazo indefinido y cuenta con ampliaciones de crédito presupuestario aprobadas para los ejercicios 2024 y 2025, asegurando la continuidad del apoyo a la digitalización y flexibilidad en el entorno laboral madrileño.
Subvención teletrabajo Madrid
Esta ayuda específica de la Comunidad de Madrid, conocida como la «2ª Línea» del Programa de Fomento de la Responsabilidad Social, se dirige a pequeñas empresas (hasta 50 trabajadores) y autónomos. Las actuaciones subvencionables incluyen:
- Incentivos por contratación o acuerdo: La formalización de acuerdos de teletrabajo o flexibilidad horaria con trabajadores vinculados a la empresa o nuevas contrataciones bajo estas modalidades.
- Equipamiento electrónico: Cuando sea necesaria la compra de equipamiento electrónico para organizar el teletrabajo, se subvencionará el 75% del coste de estos equipos, siempre que dicha compra esté vinculada a los acuerdos de teletrabajo formalizados.
Esta medida busca apoyar la adaptación de las pequeñas estructuras empresariales a modelos híbridos, mejorando las condiciones reguladas en los convenios colectivos vigentes.
Estas subvenciones de la comunidad de Madrid se financian con cargo a los fondos recibidos del Servicio Público de Empleo Estatal, para su gestión por las Comunidades Autónomas con competencias asumidas, para subvenciones del ámbito laboral financiadas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado y por el Fondo Social Europeo.
Requisitos para solicitar la subvención para teletrabajo
Además de los requisitos para las ayudas teletrabajo recogidos en la Ley General de Subvenciones, en concreto el acuerdo que recoge las normas que regulan las ayudas teletrabajo comunidad de Madrid determina los siguientes requisitos:
- Tipo de beneficiario:
- Trabajadores autónomos.
- Pequeñas empresas (con personalidad jurídica) de hasta 50 trabajadores y un volumen de negocio o balance general igual o inferior a 10 millones de euros.
- Obligaciones generales:
- No ser entidades públicas.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración del Estado, la Comunidad de Madrid y la Seguridad Social.
- Realizar su actividad en la Comunidad de Madrid.
- Requisitos del acuerdo de teletrabajo:
- Formalizar, al menos, un acuerdo de flexibilidad horaria o teletrabajo con un trabajador, o contratar personal nuevo en esta modalidad.
- La jornada de trabajo debe ser, al menos, el 75% de la jornada de un trabajador a tiempo completo comparable.
- Los acuerdos deben tener un periodo mínimo de vigencia de un año.
Importe y concesión de la subvención
La cuantía de la ayuda se establece de la siguiente forma:
- Teletrabajo y Flexibilidad: Un incentivo de 2.500 euros por trabajador con el que se formalice el acuerdo individual o se realice la contratación.
- Equipamiento: El 75% del coste de la compra de equipos electrónicos necesarios para el teletrabajo.
Existe un límite máximo de 10.000 euros por empresa que se puede obtener sumando las medidas de teletrabajo y flexibilidad.
El procedimiento de concesión es directa y se realiza en régimen de concurrencia no competitiva (por orden de entrada), haciéndose efectiva tras la comprobación del cumplimiento de los requisitos. ¿Quieres que revisemos la viabilidad de esta subvención para tu empresa? Puedes contactarnos y nos cuentas tu caso.
Plazo de presentación de solicitudes
En la Comunidad de Madrid el plazo de presentación de solicitudes es indefinido, manteniéndose la convocatoria abierta de forma continuada.
Sin embargo, hay un plazo específico vinculado a la actividad que no se debe pasar por alto: las solicitudes deberán formalizarse en el plazo de 3 meses desde que se realice la actividad subvencionable (es decir, desde la firma del acuerdo de teletrabajo o la compra de los equipos).
El plazo máximo de resolución del expediente es de tres meses y el efecto del silencio administrativo es desestimatorio. Se recomienda presentar la documentación a través de la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid tan pronto como se formalicen los acuerdos para asegurar la disponibilidad del crédito presupuestario del año en curso.






Hola necesito información para obtener ayuda de teletrabajo.Gracias
Buenos días Jennifer,
En primer lugar, queremos agradecer la confianza al realizar la consulta.
Para poder darte una información más detallada, necesitamos tener más información de la empresa y de los trabajadores que tiene contratados y que quieren suscribir el acuerdo de teletrabajo.
Si eres tan amable, ponte en contacto con nosotros a través de nuestro correo electrónico: info@tempusquality.es y nos indicas la Comunidad Autónoma en la que tiene el alta de actividad la empresa y el número de trabajadores con contrato indefinido y jornada superior a 6 horas que podrían suscribir el acuerdo de teletrabajo o déjanos un número de teléfono y una hora a la que podamos llamarte y darte información más detallada.
Un saludo,